Requisitos en el contrato de formación
Actualmente, en España existen un amplio abanico de contratos laborales, cada uno de ellos con sus propias particularidades, entre ellos, el contrato de formación y aprendizaje. Hoy, Carlos Cia Abogado, como abogado laboral Granada, queremos aportar un poco de luz sobre las características de éste tipo de contratos.
El contrato de formación y aprendizaje es aquel cuyo principal propósito es la cualificación profesional de personas jóvenes, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa. Para poder acceder a éste tipo de contratos es necesario tener entre 16 y 25 años; también pueden tenerlos jóvenes de hasta 30 años si la tasa de paro es superior al 15%. Además, también es requisito indispensable no disponer de una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional o el sistema educativo.
Si cuando finalice el contrato de formación y aprendizaje se transforma en indefinido, la empresa tendrá derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año en el caso de los hombres y de 1.800 euros/año en el caso de las mujeres, durante tres años.
Carlos CIA Abogados somos abogado laboral Granada que prestamos unos servicios 100% profesionales a nuestros clientes; gestion integral en material laboral: Acuerdos de empresa, arbitraje laboral, reformulación de las relaciones laborales de empresa dirigidas a la optimización de los recursos humanos, despidos colectivos…
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